División de Psicología Clínica de la Infancia y Adolescencia
El ámbito de actuación será de carácter estatal y abarcará a todos/as los/las colegiados/as adscritos/as a alguno de los ámbitos disciplinarios académicos o profesionales pertenecientes a la Psicología Clínica de la Infancia y Adolescencia.
A. Regulación y reconocimiento profesional
B. Redes colaborativas - La División promoverá la colaboración entre profesionales del área a través de los Colegios Oficiales de cada territorio, mediante la cooperación con sociedades científicas y con entidades públicas y privadas. Para ello, la División deberá contar con una estructura organizativa que incluya grupos o subdivisiones en correspondencia con las necesidades y ámbitos de trabajo de la infancia y la adolescencia.
C. Excelencia profesional
La División de Psicología Clínica de la Infancia y Adolescencia velará por la promoción de la investigación y la formación de los/las colegiados/as en la materia. Organizará y colaborará en eventos científico-profesionales relacionados con su área de especialización. Asimismo, contribuirá a la difusión de la especialidad mediante la promoción de la investigación y de la evidencia científica disponible.
¿Quién puede ser miembro?
Podrán ser miembros de la División los/las colegiados/as que estén interesados/as y cumplan los requisitos establecidos:
1. Para ser miembro Ordinario, los requisitos son: estar colegiado/a; satisfacer la cuota de inscripción, si la hubiera; no estar incurso/a en sanción que lleve aparejada la inhabilitación en algún Colegio; y presentar la solicitud de incorporación pertinente.
2. No será preceptivo, hasta la consolidación del funcionamiento de la División, abonar ninguna cuota de inscripción.
3. La solicitud deberá tramitarse siempre a través del Colegio correspondiente y, en caso de que exista sección profesional, se realizará a través de la misma.